"Enseñar no es sólo una forma de ganarse la vida sino que es una forma de ganar la vida de los otros"
Miguel Ángel Santos Guerra

martes, 5 de julio de 2011

Evaluación de Centros Educativos



La evaluación institucional es un proceso, que genera resultados a corto y mediano plazo, cuyo sentido es emitir juicios de valor, documentados e informados, con base en mediciones, análisis, diagnósticos y estudios, útiles para la toma de decisiones. Esta perspectiva resalta el carácter estratégico de la evaluación como un instrumento al servicio de la planeación y la formulación de decisiones institucionales.
La evaluación se concibe como un proceso que provoca, a través del conocimiento y el contraste, la mejor comprensión de los centros educativos y de la práctica que en ellos se realiza, y que procura el enriquecimiento de la capacidad de conocer, valorar y proponer de cuantos participan en los procesos y actuaciones que abarcan dicha práctica, desde su diseño y planificación, hasta su desarrollo, aplicación y reformulación.
La evaluación así entendida se dirige a diagnosticar los problemas internos de los centros y a desarrollar la capacidad que tienen para resolverlos. Es una evaluación facilitadora del cambio educativo en la medida en que promueve estrategias de reflexión que conducen a la mejora de la organización y el funcionamiento de los procesos.
Esta evaluación implica en cada centro no sólo a los inspectores de educación como agentes responsables inmediatos de impulsarla y llevarla a cabo, sino también y ante todo, a las comunidades educativas como principales actores de un proceso que presupone una reflexión valorativa y sistemática sobre su particular realidad, sobre sus logros y dificultades, necesaria para que sea posible formular y asumir propuestas de mejora que buscan alcanzar mayores cotas de calidad en el desarrollo y el resultado de la actividad educativa, que garanticen una educación de calidad para todo el alumnado.
En tal sentido, la evaluación es el medio para comprobar la eficacia del sistema educativo, analizar el rendimiento del mismo, averiguar si la organización adoptada es la más conveniente y la que produce mejores resultados, y orientar la toma de las decisiones que permitan introducir las modificaciones más adecuadas para conseguir su mejora. Esto de alguna manera, propicia una autoevaluación institucional, la cual ha venido articulándose cada vez más como el elemento central de la evaluación orientada hacia la mejora. Se trata de un proceso evaluativo que se inicia en el propio centro, que se realiza por los propios profesionales que actúan en él, con el objetivo de comprender y mejorar la práctica escolar. Sin embargo, en la autoevaluación también pueden intervenir agentes externos para facilitar el proceso de reflexión y modular las interpretaciones desde el interior.
La evaluación del centro debe tener tanto la función formativa como la sumativa, proporcionando información para la planificación y el perfeccionamiento, así como para la certificación y la rendición de cuentas, proporcionando juicios de valor a partir de diversos criterios sobre distintos aspectos del centro.
Según Álvarez, (2001) existen distintas maneras de enfocar la Evaluación Institucional, entre ellas se destacan las siguientes:
• Evaluación como sinónimo de medición.
• Evaluación como sinónimo de juicio profesional.
• Evaluación como el proceso de comparar datos acerca de actuaciones con objetivos claramente especificados.
• Evaluación como el proceso de identificar y reunir información para asistir a quienes deben tomar decisiones.

Los participantes en la evaluación de centros educativos


Los participantes en la evaluación de institucional
La metodología de la evaluación considera para este proceso: a un sujeto activo: el evaluador, y un sujeto pasivo: que normalmente son los alumnos. Este proceso ha sufrido grandes cambios por los recientes avances conceptuales y metodológicos. Estos avances han cambiado la percepción con respecto al sujeto de la evaluación, ya no se considera solo como mero elemento pasivo, sino como un factor que participa en las diferentes fases del estudio.
Es necesario distinguir entre el órgano que ordena o promueve la evaluación y quien la planifica y ejecuta. En conclusión podemos decir que los participantes en la evaluación pueden agruparse en torno a las siguientes categorías:
1. El promotor de la evaluación
Es el órgano que ordena o promueve el estudio de evaluación. En el Centro Escolar (institución), los promotores de la evaluación pueden ser: los órganos competentes de las Administraciones Educativas y/o el Consejo Escolar del Centro.

2. El agente evaluador
Es el órgano responsable de la planificación y ejecución técnica del estudio. En el caso de la evaluación interna de un Centro (institución), esta función debe corresponder al director. El director, es el representante del Centro y la Comunidad Educativa deposita en él su confianza., lo cual lo coloca en la posición más apta para promover obstáculos, eliminar desconfianzas, disminuir las resistencias y garantizar las condiciones necesarias para la ejecución del estudio en todas sus fases. Por supuesto, para ayudarlo a la realización de todo esto deberá contar con la colaboración y apoyo del Equipo Directivo y podrá requerir el asesoramiento o ayuda de personas de afuera del centro, que posean la suficiente capacitación técnica para ello (profesores, orientador escolar, inspectores, etc.).
También se puede incluir en esta categoría, a todos aquellos que puedan resultar directa o indirectamente afectados por el estudio: alumnos, profesores, padres y otros grupos sociales. El papel y grado de participación de cada uno de los afectados varía según el enfoque metodológico y modelo de evaluación elegido.
En cualquier caso, hoy se reconoce la necesidad de que la Comunidad Educativa conozca tanto el plan de evaluación como sus resultados. Ello contribuye a reducir las resistencias que la evaluación produce en determinados sectores, y facilita la adopción de las medidas correctivas que sean necesarias.

Bases Legales de la participacion de la evalución de centros

La evaluación tiene diversas leyes para su buena aplicación ya sea en una institución (escuela o universidad). Algunas de estas bases legales pueden ser:
• Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela:
Art.104: Sostiene que la educación estará a cargo de personas de reconocida moralidad y comprobada idoneidad académica.
• Ley Orgánica de Educación:
Art.63: sostiene que la evaluación como parte del proceso educativo debe ser continua, integral y cooperativa. Deberá apreciar y registrar de manera permanente, mediante procedimientos apropiados, el rendimiento del educando, tomando en cuenta los factores que integran su personalidad...
Art. 78: El ejercicio de la profesión docente estará a cargo de personas de reconocida moralidad e idoneidad docente comprobada, provista del titulo profesional respectivo..
Art. 88 numeral 2: La evaluación constituye un proceso permanente dirigido a: Apreciar y registrar en forma cualitativa en primaria y cuantitativa en secundaria y profesional, el progreso en el aprendizaje y dominio de competencias del alumno...
• Proyecto de la Ley Orgánica de Educación
Art.70: ... La evaluación como parte del proceso educativo, es continua, integral, cooperativa, sistemática, formativa y acumulativa. Debe apreciar y registrar de manera permanente, mediante procedimientos apropiados, el rendimiento del estudiante.
• Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente
Art.4: ...La carrera docente estará a cargo de personas de reconocida moralidad y de idoneidad docente comprobada provista del título profesional respectivo.
Art.6 Numeral 2, 4,5, 6 : Son deberes del personal docente:
(2) Cumplir las actividades docentes conforme a los planes de estudio.
(3) Planificar el trabajo docente y rendir oportunamente la información que le sea requerida.
(4) Cumplir con las disposiciones de carácter pedagógico, técnico que dicten las autoridades educativas
(5) Cumplir con las actividades de evaluación.
(6) Cumplir con eficacia las exigencias técnicas relativas a lo procesos de planteamiento programación, dirección, evaluación y demás aspectos de la enseñanza y el aprendizaje.
• Resolución 213:
Art.1: Planificar el proceso de evaluación para efectos de aplicación, análisis, valoración y cuantificación de los resultados de las estrategias de evaluación.
En el Art.3: sostiene que la planificación y programación de las actividades de evaluación que cumplirá el docente en cada lapso deberá ser conocida por el personal directivo del plantel, el departamento de evaluación, cuando lo hubiere, los padres o representantes y a los alumnos.
• Resolución 266:
Art. 12: plantea que la evaluación formativa o de procesos está vinculada con los procesos de enseñar y de aprender , ya que es una estrategia de aprendizaje en función de las competencias e indicadores propuestos en el proyecto pedagógico de aula y los planes de estudio para la Educación Básica .