"Enseñar no es sólo una forma de ganarse la vida sino que es una forma de ganar la vida de los otros"
Miguel Ángel Santos Guerra

martes, 5 de julio de 2011

Bases Legales de la participacion de la evalución de centros

La evaluación tiene diversas leyes para su buena aplicación ya sea en una institución (escuela o universidad). Algunas de estas bases legales pueden ser:
• Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela:
Art.104: Sostiene que la educación estará a cargo de personas de reconocida moralidad y comprobada idoneidad académica.
• Ley Orgánica de Educación:
Art.63: sostiene que la evaluación como parte del proceso educativo debe ser continua, integral y cooperativa. Deberá apreciar y registrar de manera permanente, mediante procedimientos apropiados, el rendimiento del educando, tomando en cuenta los factores que integran su personalidad...
Art. 78: El ejercicio de la profesión docente estará a cargo de personas de reconocida moralidad e idoneidad docente comprobada, provista del titulo profesional respectivo..
Art. 88 numeral 2: La evaluación constituye un proceso permanente dirigido a: Apreciar y registrar en forma cualitativa en primaria y cuantitativa en secundaria y profesional, el progreso en el aprendizaje y dominio de competencias del alumno...
• Proyecto de la Ley Orgánica de Educación
Art.70: ... La evaluación como parte del proceso educativo, es continua, integral, cooperativa, sistemática, formativa y acumulativa. Debe apreciar y registrar de manera permanente, mediante procedimientos apropiados, el rendimiento del estudiante.
• Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente
Art.4: ...La carrera docente estará a cargo de personas de reconocida moralidad y de idoneidad docente comprobada provista del título profesional respectivo.
Art.6 Numeral 2, 4,5, 6 : Son deberes del personal docente:
(2) Cumplir las actividades docentes conforme a los planes de estudio.
(3) Planificar el trabajo docente y rendir oportunamente la información que le sea requerida.
(4) Cumplir con las disposiciones de carácter pedagógico, técnico que dicten las autoridades educativas
(5) Cumplir con las actividades de evaluación.
(6) Cumplir con eficacia las exigencias técnicas relativas a lo procesos de planteamiento programación, dirección, evaluación y demás aspectos de la enseñanza y el aprendizaje.
• Resolución 213:
Art.1: Planificar el proceso de evaluación para efectos de aplicación, análisis, valoración y cuantificación de los resultados de las estrategias de evaluación.
En el Art.3: sostiene que la planificación y programación de las actividades de evaluación que cumplirá el docente en cada lapso deberá ser conocida por el personal directivo del plantel, el departamento de evaluación, cuando lo hubiere, los padres o representantes y a los alumnos.
• Resolución 266:
Art. 12: plantea que la evaluación formativa o de procesos está vinculada con los procesos de enseñar y de aprender , ya que es una estrategia de aprendizaje en función de las competencias e indicadores propuestos en el proyecto pedagógico de aula y los planes de estudio para la Educación Básica .

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